INTENDENCIAS MUNICIPALES DEL INTERIOR DEL PAIS. AGENTES DE RETENCION DEL IVA




Promulgación: 29/07/2003
Publicación: 06/08/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 233
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 La Unidad de Desarrollo Municipal de la Oficina de Planeamiento y 
Presupuesto, en su calidad de ejecutora de las obras y proyectos 
contratados en el marco del referido programa, deberá verter el importe 
correspondiente a las retenciones por cuenta y a nombre de las 
Intendencias Municipales coejecutoras.-
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, las Intendencias 
Municipales serán responsables del cumplimiento de las obligaciones 
formales correspondientes.-
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