APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 2002




Promulgación: 23/07/2002
Publicación: 12/08/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 219
Referencias a toda la norma

Artículo 52

 El Banco deberá cursar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al 31 
de enero de 2002, el detalle de los cargos a eliminar por las vacantes 
que se generen en el período 1º de junio de 2001 al 31 de diciembre de 
2001, a efectos de reducir los rubros de Mano de Obra correspondientes. 
Dicha reducción se efectuará atendiendo las instrucciones de la O.P.P. en 
la medida que no afecte la capacidad operativa del Instituto. De resultar 
necesario el mantenimiento de determinadas vacantes por tratarse de 
cargos absolutamente imprescindibles, se suprimirán las partidas 
equivalentes. 
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