REGLAMENTACION DEL ART. 16 DE LA LEY 19.315, RELATIVO AL FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCION NACIONAL DE BOMBEROS




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 24/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 16.

REGLAMENTO ORGÁNICO Y DE FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE
BOMBEROS
Capítulo II ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

Artículo 9

   El Departamento de Recursos Humanos es el encargado de la gestión y administración de todo el personal que integra la Dirección Nacional de Bomberos, depende directamente de la Dirección, y se compondrá de las siguientes secciones:
   A) Control de documentación.
   B) Registro y control de efectivos.
   C) Historia laboral.
   D) Marcación y presentismo
   E) Junta calificadora.
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