REGLAMENTACION DEL ART. 16 DE LA LEY 19.315, RELATIVO AL FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCION NACIONAL DE BOMBEROS




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 24/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 16.

REGLAMENTO ORGÁNICO Y DE FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE
BOMBEROS
Capítulo II ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL
COMANDO DE BOMBEROS DEL INTERIOR DEL PAÍS

Artículo 55

   Distribución de las Zonas:
   A) Zona I: Integrada por los Destacamentos de Bomberos de: Artigas, Salto Paysandú y Rio Negro.
   B) Zona II: Integrada por los Destacamentos de Bomberos de: Rivera y Tacuarembó.
   C) Zona III: Integrada por los Destacamentos de Bomberos de: Colonia, Soriano y Río Negro.
   D) Zona IV: Integrada por los Destacamentos de Bomberos de: Durazno, Flores y Florida.
   E) Zona V: Integrada por los Destacamentos de Bomberos de: Treinta y Tres, Lavalleja y Cerro Largo.
   F) Zona VI: Integrada por los Destacamentos de Bomberos de: Maldonado, Lavalleja y Rocha.
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