{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "301" 
  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA AGENCIA PARA EL DESARROLLO DEL GOBIERNO DE GESTION ELECTRONICA Y LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION Y DEL CONOCIMIENTO (AGESIC)\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2008/06/27/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "23/06/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "27/06/2008" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2008 
  ,"pagina" : 1475 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: lo dispuesto por el art. 72 de la ley Nº 17.930, de 19 de diciembre\r\nde 2005, en la redacción dada por el art. 54 de la ley Nº 18.046 de 24 de\r\noctubre de 2006 y el art. 55 de esta última norma, artículo 120 de la ley\r\n18.172 de 31 de agosto de 2007 y el Decreto del Poder Ejecutivo 41/008 de\r\n23 de enero de 2008.\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que de acuerdo con la facultad otorgada por el artículo 55\r\nde la ley Nº 18.046 de fecha 24 de octubre de 2006 se aprobó por Decreto\r\n307/2007 de fecha 27 de agosto de 2007 la estructura organizativa y de\r\npuestos de trabajo de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de\r\nGestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento.\r\n\r\nII) Que de acuerdo a la facultad otorgada por el artículo 120 de la ley\r\n18.172, se aprobó la incorporación de 14 puestos de trabajo a la\r\nestructura aprobada de acuerdo con lo dispuesto en el Resultando anterior.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) Que es necesario proceder a completar la definición de la\r\nestructura de puestos de trabajo aprobada oportunamente, asociando la\r\nmisma a la estructura escalafonaria y la composición de los\r\ncorrespondientes niveles  retributivos, de acuerdo a la normativa vigente.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/301-2008/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase la estructura de puestos de trabajo correspondiente a la Unidad\r\nEjecutora 010 \"Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión\r\nElectrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento\" (AGESIC),\r\ndel Inciso \"02 Presidencia de la República\", referente a las funciones\r\ncontratadas permanentes creadas por el Poder Ejecutivo en el Decreto\r\n307/2007 de 27/08/2007 por la facultad conferida en el artículo 55 de la\r\nley Nº 18.046 de 24/10/2006 y las creadas en el artículo 120 de la ley Nº\r\n18.172 de 31/08/2007, que luce en Anexo 1<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\"\r\nBORDER=0> adjunto, que consta de\r\nuna hoja y se considera parte integrante de este Decreto. " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/2008/06/27/7\" target=\"_blank\">Nº 301/008</a> de \r\n23/06/2008.\r\n<b><font color=\"#FF0000\">Ver vigencia:</font></b> Decreto Nº 371/008 de 04/08/2008 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/371-2008/1\" >1</a>.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/301-2008/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/301-2008/2" 
 ,"textoArticulo" : "  La estructura de funciones contratadas que luce en el Anexo 1 será\r\nprovista, por el mecanismo de concurso de oposición y méritos abierto a\r\ntodos los ciudadanos de la República.\r\n\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/301-2008/3" 
 ,"textoArticulo" : "  El personal en comisión y en comisión de servicio proveniente de otras\r\ndependencias públicas que preste funciones en la Agencia, aún antes de la\r\nprovisión de los puestos de trabajo, se regirá por las siguientes\r\ndisposiciones:\r\n\r\na)     Si la función que pasa a desempeñar el funcionario tiene un nivel\r\n       retributivo superior a la que recibe en su oficina de origen, la\r\n       diferencia hasta alcanzar el monto correspondiente a dicha función\r\n       será considerado una compensación especial.\r\nb)     En ningún caso, el desempeño de funciones en comisión o en comisión\r\n       de servicio será considerado como mérito en los llamados a concurso\r\n       de la Unidad Ejecutora.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/301-2008/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase la Compensación Especial AGESIC por el desempeño de funciones\r\nen la referida Unidad Ejecutora, que luce en tabla adjunta (Anexo 1), que\r\nforma parte integrante de este Decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/301-2008/5" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase una Compensación Adicional por el desarrollo de funciones\r\nsustantivas que luce en tabla adjunta<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\"\r\nBORDER=0> (Anexo 2), que forma parte\r\nintegrante de este Decreto. " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/2008/06/27/7\" target=\"_blank\">Nº 301/008</a> de \r\n23/06/2008.\r\n<b><font color=\"#FF0000\">Ver vigencia:</font></b> Decreto Nº 371/008 de 04/08/2008 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/371-2008/1\" >1</a>.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/301-2008/5?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/301-2008/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Los niveles retributivos nominales resultantes de la estructura de\r\npuestos de trabajo de AGESIC, corresponden a un régimen de cuarenta horas\r\nsemanales de labor y no incluyen la prima por antigüedad, los beneficios\r\nsociales y otros complementos que puedan corresponder. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Decreto Nº 217/011 de 23/06/2011 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/217-2011/3\" >3</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 301/008 de 23/06/2008 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/301-2008/6\" >6</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/301-2008/7" 
 ,"textoArticulo" : "  La AGESIC comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución\r\nde los créditos en los objetos del gasto de acuerdo con lo aprobado por el\r\npresente Decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/301-2008/8" 
 ,"textoArticulo" : "  Derógase del Decreto Nº 307 de 27 de agosto de 2007 el artículo 4º así\r\ncomo del Capítulo IV \"Estructura de puestos de trabajo\" el numeral 3\r\n\"Cantidad de puestos de trabajo\", contenido en el Anexo 1 del mencionado\r\nDecreto. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " RODOLFO NIN NOVOA - MARIO BERGARA\r\n " 
 }