Visto: el decreto 725/975 por el cual se aprueba la reglamentación
sobre normas administrativas para proceder a la reparación de vehículos
pertenecientes al Ministerio de Salud Pública.
Considerando: I) Que la aplicación práctica del referido decreto, trae
aparejado demora en los trámites administrativos que entorpecen la
efectiva prestación de los servicios dado lo limitado de la flota
automotora de este Ministerio;
II) Que la reparación de vehículos o compra de repuestos para los
mismos, debe tramitarse ágilmente de manera de permitir contar con los
vehículos reparados sin detrimento de los controles que pueden
establecerse a través de los mecanismos internos de este Ministerio,
El Presidente de la República
DECRETA: