El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 17, 58, 59 y 60.
TÍTULO CUARTO
INSTITUTO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL PERSONAL DE LA ESCALA BÁSICA CAPÍTULO IX
DEL DEPARTAMENTO DE LOGISTICA
Artículo 272
El Departamento de Logística estará a cargo de un Oficial Subalterno y tendrá las siguientes funciones:
a) Será responsable por el mantenimiento edilicio, áreas verdes, flota automotriz, equipamiento logístico, gestión de depósito final de residuos, depósitos de materiales en existencia, vestuario, el control de los servicios contratados.
b) Dependerá del comando de la Dirección.