IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO




Promulgación: 28/06/1990
Publicación: 26/07/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 682
   Visto: lo dispuesto por el artículo 2º del Título 11 del Texto 
Ordenado 1987 y artículos 23, 29 y 34 del decreto 96/990 de 21 de febrero
de 1990.

   Considerando: que corresponde fijar precios fictos para el semestre de
1990 para bebidas gravadas, tabacos, cigarrillos. cigarros y vehículos de
dos ruedas, a efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno
(IMESI).

   Atento: a lo expuesto.

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Fíjanse los siguientes precios fictos, tasas e impuestos por litro 
para la liquidación del Impuesto Específico Interno que grava las bebidas de origen nacional y extranjero para el semestre julio-diciembre de 1990.
(*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

LACALLE HERRERA - ENRIQUE BRAGA SILVA
Ayuda