{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "30" 
  ,"anioNorma" : 1977 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE LOS PRECIOS MAXIMOS DE VENTA DE LOS DETALLISTAS A LOS CONSUMIDORES, PARA LOS ALCOHOLES DESNATURALIZADOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1977/01/26/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/01/1977" 
  ,"fechaPublicacion" : "26/01/1977" 
  ,"vistos" : "    Visto y resultando: que por decreto de esta misma fecha, se han fijado los precios de venta de los alcoholes desnaturalizados de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland a los detallistas.\r\n   Considerando: que corresponde fijar los precios máxims de venta de los detallistas a los consumidores.\r\n   Atento: a lo dispuesto en la ley 10.940, de 19 de setiembre de 1947,\r\n   El Presidente de la República \r\n\r\n                                  DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/30-1977/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjanse los siguientes precios máximos de venta de los detallistas a los consumidores, para los alcoholes desnaturalizados en el Departamento de Montevideo:\r\n\r\n   Alcohol desnaturalizado 87°, sin envase, por litro, nuevos pesos 2.49.\r\n   Alcohol desnaturalizado 91°, sin envase, por litro, nuevos pesos 2.68.\r\n   Alcohol desnaturalizado 95°, sin envase, por litro, nuevos pesos 2.77.\r\n   Estos precios incluyen el Impuesto al Valor Agregado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/30-1977/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Para la venta en los Departamentos del Interior, podrán agregarse los gastos de fletes correspondientes. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/30-1977/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - LUIS H. MEYER - VALENTIN ARISMENDI " 
 }