{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "299" 
  ,"anioNorma" : 1994 
  ,"nombreNorma" : "DEVOLUCION DE TRIBUTOS DEL CENTRO EUROLATINOAMERICANO DE FORMACION PARA LA INTEGRACION REGIONAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1994/07/07/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/06/1994" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/07/1994" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1994 
  ,"pagina" : 791 
  } 
  ,"vistos" : "       Visto: La resolución del Poder Ejecutivo de fecha 15 de setiembre de\r\n1992.\r\n\r\n     Resultando: I) Que por dicha resolución se estableció que el Centro\r\nEurolatinoamericano de Formación para la Integración Regional, se rige por\r\nel Protocolo de Privilegios e Inmunidades de la Comunidad Económica\r\nEuropea.\r\n\r\n     II) Que el referido protocolo, establece en su artículo 3 que los\r\nEstados miembros adoptarán, siempre que les sea posible, las disposiciones\r\napropiadas para la devolución de impuestos indirectos incluidos en los\r\nprecios de los bienes que para uso oficial se adquieran en plaza, siempre\r\nque dichas compras sean importantes.\r\n\r\n     Considerando: Que la construcción y equipamiento de las salas de\r\nconferencias de la citada entidad, cumple con lo señalado en el Resultando\r\nII);\r\n\r\n     Atento: A lo expuesto.\r\n\r\n     El Presidente de la República\r\n\r\n                           DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/299-1994/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Establécese un régimen de devolución del Impuesto al Valor Agregado\r\nincluido en las adquisiciones en plaza de bienes y servicios, que realice\r\nel Centro Eurolatinoamericano de Formación para la Integración Regional,\r\ncon destino a la construcción y equipamiento de sus salas de conferencias.\r\n (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/299-1994/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/299-1994/2" 
 ,"textoArticulo" : "    La devolución a que refiere el artículo anterior, será materializada\r\nmediante la entrega de certificados de crédito nominativos en la forma que\r\nestablezca la Dirección General Impositiva.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/299-1994/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - JOSE MARIA GAMIO\r\n " 
 }