FIJACION DE LA EQUIVALENCIA DEL PESO CONSULAR. TASA CONSULAR




Promulgación: 27/06/1989
Publicación: 03/10/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 749
Ver vigencia: Decreto Nº 341/989 de 25/07/1989 artículo 3.
   Visto: la necesidad de actualizar el valor del peso consular en su
equivalencia con el dólar americano, utilizado para aplicación de los
derechos percibidos por tasas consulares dispuesta por los artículos
15, 26,34 y 35 de la ley 11.924 de fecha 27 de marzo de 1953.

   Considerando: que la entidad de la devaluación del dólar americano y
el incremento internacional de los costos por prestación de servicios
hacen necesario un ajuste en la equivalencia fijada para el peso
consular.

   Atento: a lo dispuesto por el artículo 16 de la ley 11.924 de fecha 27
de marzo de 1953 y a lo informado por la Dirección de Asuntos
Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores,

                      El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase a partir del 1º de junio de 1989, la equivalencia del peso
consular en 4,00 dólares americanos a los efectos de la percepción de los
derechos consulares establecidos en los artículos 15, 26, 34 y 35 de la
ley 11.924 de fecha 27 de marzo de 1953.

SANGUINETTI - LUIS BARRIOS TASSANO - ANTONIO MARCHESANO - HUMBERTO
CAPOTE
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