Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Increméntanse los salarios mínimos por categorías de los trabajadores
de la empresa Colonia Refrescos S.A al 80% de lo establecido para los trabajadores de las empresas de bebidas sin alcohol y cervezas, con vigencia desde el 1º de junio y hasta el 30 de setiembre de 1985.