CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 22 INDUSTRIA DE LA BEBIDA SUBBGRUPO LICORERIAS Y BODEGAS




Promulgación: 08/07/1985
Publicación: 29/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

  Increméntanse los salarios mínimos por categorías de los trabajadores
de la empresa Colonia Refrescos S.A al 80% de lo establecido para los trabajadores de las empresas de bebidas sin alcohol y cervezas, con vigencia desde el 1º de junio y hasta el 30 de setiembre de 1985.
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