{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "298" 
  ,"anioNorma" : 1990 
  ,"nombreNorma" : "TRIBUTOS - IMPORTACIONES\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1990/07/19/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "02/07/1990" 
  ,"fechaPublicacion" : "19/07/1990" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1990 
  ,"pagina" : 11 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto:el Conglomerado del NADI 01.02.89.01 que establece los tributos de\r\nimportación a los animales vivos de la especie bovina y el decreto 179/90\r\nde 18 de abril de 1990.\r\n\r\n  Considerando: I) Que es de interés nacional la importación de vientres\r\nbovinos a los efectos de acelerar la recuperación de stock bovino;\r\n\r\n                II) Que es decisión del Poder Ejecutivo ir paulatinamente\r\nhacia la creación de un comercio fluido entre los paises de la región.\r\n\r\n  Atento: a lo precedentemente expuesto,\r\n\r\n                      El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/298-1990/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Redúcense a cero los tributos de importación establecidos por\r\nConglomerado del NADI 01.02.89.01 y del decreto 179/90,de 18 de abril\r\ndel 90 para las vaquillonas generales de hasta 2 (dos) dientes inclusive\r\nde todas razas de carne.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/298-1990/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Este decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en 2 (dos)\r\ndiarios de la capital.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/298-1990/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - GUSTAVO FERRES - ENRIQUE BRAGA SILVA - GUSTAVO\r\nCERSOSIMO\r\n " 
 }