{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "297" 
  ,"anioNorma" : 1983 
  ,"nombreNorma" : "REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 10.383, RELATIVO A LAS SERVIDUMBRES PARA LA LINEA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA DE RINCON DEL BONETE A MONTEVIDEO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1983/09/07/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "31/08/1983" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/09/1983" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1983 
  ,"pagina" : 337 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentario/a de:</b> Decreto Ley <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-ley/10383-1943\" >Nº 10.383</a> de 13/02/1943.\r\n " 
  ,"vistos" : "    Visto: la necesidad de reglamentar el régimen de las servidumbres a\r\nconstruir en relación a líneas aéreas de transporte de energía eléctrica\r\nproyectadas por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones\r\nEléctricas (UTE) en el departamento de Treinta y Tres\r\n\r\n   Considerando: I) Que con ello se procura posibilitar la construcción,\r\noperación, vigilancia y mantenimiento de líneas aéreas de transporte de\r\nenergía que contribuirán a mejorar el servicio público de electricidad\r\nbrindado por UTE\r\n\r\n   Il) Que las líneas proyectadas ampliarán y habrán de integrarse al\r\nsistema interconectado de trasmisión y distribución de energía eléctrica\r\noperado por UTE, que constituye una red unificada con la que se procura\r\nabarcar la mayor parte del territorionacional con el propósito de que los\r\nservicios eléctricos de una localidad o región puedan ser alimentados\r\ndesde diversas centrales de generación, lo que comportas los beneficios\r\nnotorios en orden a la seguridad en la prestación del servicio,\r\nracionalización del sistema de energía eléctrica, utilización y difusión\r\ndel empleo de energía eléctrica generada a más bajo costo, etc.\r\n\r\n   III) Que se ha de determinar el régimen jurídico que se aplicará para\r\nsolucionar los problemas que surjan con motivo de las servidumbres que\r\nel tendido de las proyectadas líneas de transporte de energía eléctrica\r\nimpondrá\r\n\r\n   IV) Que de conformidad con lo informado por la Asesoría Letrada del\r\nEnte resulta conveniente extender a estos casos el ámbito de aplicación de\r\nlas normas establecidas por el decreto 174/969, de 10 de abril de 1969.\r\n\r\n   Atento: a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de\r\nIndustria y Energía, a lo dispuesto por la ley 12.023, de 10 de noviembre\r\nde 1953, la ley 13.26l, de 28 de mayo de 1964, el artículo 26 de la ley\r\nnacional de electricidad 14694 de 1º de setiembre de 1977 y el decreto-ley\r\n10383 de 13 de febrero de 1943\r\n\r\n                       El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/297-1983/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Establécese una Zona de 30 metros de ancho, sujeta a servidumbre, en\r\ntoda la extensión de las líneas aéreas de transporte de energía eléctrica\r\nde 60 KV entre las proyectadas Estación de Transformación que se indica a\r\ncontinuación:\r\n\r\na) Estación de Transformación de 150/60/30 KV de Treinta y Tres Estación\r\nde Transformación de 60115 de Gral. Enrique Martínez (La Charqueada);\r\n\r\nb) Estación de Transformación de 1 50/60/30 KV de Treinta y Tres Estación\r\nde Transformación de 60/6 KV de Treinta y Tres; establécese una zona, cuyo\r\neje coincidirá con el de la línea que quedará afectada por las\r\nservidumbres previstas por los literales B) y C) del artículo 1 del\r\ndecreto-ley 10.383,de 13 de febrero de 1943.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/297-1983/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Se aplicará a tales servidumbres lo dispuesto por los artículos 2 a 5\r\ninclusive del decreto 174/969, de 10 de abril de 1969.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/297-1983/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - JUAN A. CHIARINO ROSSI\r\n " 
 }