DETERMINACION DEL AGUINALDO PARA LA ACTIVIDAD PRIVADA. JUNIO Y DICIEMBRE 1978




Promulgación: 30/05/1978
Publicación: 05/06/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 1026

Artículo 2

  La aportación a los organismos de seguridad social correspondiente a la
primera etapa, se podrá efectuar como plazo máximo, conjuntamente al pago
de la segunda.
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