CREACION COMISION DE SEGUIMIENTO DEL PLAN NACIONAL PERMANENTE INTEGRADO DE OPERACIONES CONTRA EL NARCOTRAFICO Y EL LAVADO DE ACTIVOS




Promulgación: 22/06/2009
Publicación: 01/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1543
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 Los órganos designados como integrantes de la Comisión Interinstitucional
creada por el Decreto 497/008 de 20 de octubre de 2008 deberán, bajo la
supervisión del coordinador responsable designado en el artículo 3º del
presente Decreto y en un plazo máximo de 30 días a partir de la vigencia
del mismo, instrumentar el respectivo Plan elevándolo para su
consideración y análisis a la Comisión de Seguimiento creada en el
artículo 2º, la que a su vez lo elevará para su aprobación por el Poder
Ejecutivo.
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