REGLAMENTACION DE PROYECTOS EN EL MARCO DEL FONDO DE INICIATIVAS JUVENILES. INJU




Promulgación: 23/07/1996
Publicación: 02/08/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 102
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículos 382 y 383.

Artículo 9

   La Comisión Honoraria Asesora, al pronunciarse favorablemente
determinará el monto de la asignación de recursos para cada proyecto, el
que no excederá el fijado como límite. Previamente y durante su ejecución,
los responsables de él, deberán poner a disposición de la Comisión toda la
documentación y recaudos contables necesarios para la fiscalización del
mismo.
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