{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "296" 
  ,"anioNorma" : 1986 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1986/07/01/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/06/1986" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/07/1986" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1986 
  ,"pagina" : 1169 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: los Precios Mínimos de Exportación de carácter definitivo\r\nfijados por el decreto de 2 de abril de 1986 para la importación de\r\nchapas de acero galvanizadas.\r\n\r\n  Considerando: I) El error contenido en el artículo 1º de dicho\r\ndecreto, en la cita del ítem NADI en el que se encuentran incluidas las\r\nchapas de acero galvanizadas lo que hace necesaria su modificación;\r\n\r\nII) El lapso transcurrido entre el vencimiento del Precio Mínimo de\r\nExportación de carácter provisional y la entrada en vigencia de los\r\nPrecios Mínimos de Exportación definitivos;\r\n\r\nIII) Los nuevos elementos de juicio aportados y considerados en el\r\nanálisis posterior a la fijación del Precio Mínimo de Exportación\r\nprovisional, en los que se fundamentan las modificaciones introducidas en\r\nel decreto de 2 de abril de 1986.\r\n\r\n  Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y\r\n141/984 de 10 de abril de 1984 y a lo informado por la Comisión creada\r\npor el artículo 9º del decreto 5/983  mencionado,\r\n\r\n                     El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/296-1986/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Modifícase el artículo 1 del decreto de fecha 2 de abril de 1986 por el\r\nque fijaron precios mínimos de Exportación para las chapas de acero\r\ngalvanizadas, sustituyéndose la expresión \"Chapas de acero galvanizadas\r\nincluidas en el ítem NADI 73.13.05.10\" por la de \"\"Chapas de acero\r\ngalvanizadas incluidas en el ítem NADI 73.13.89.10\".    (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/296-1986/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/296-1986/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Las normas del decreto mencionado en el artículo precedente no se\r\naplicarán a las importaciones con denuncias autorizadas con anterioridad a\r\nsu vigencia.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/296-1986/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese en dos diarios de la Capital, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - ALBERTO RODRIGUEZ NIN - JORGE\r\nPRESNO HARAN\r\n " 
 }