{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "296" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "CREACION DE UNA COMISION ENCARGADA DEL ESTUDIO DE LA PROBLEMATICA POBLACIONAL DEL PAIS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/04/28/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "10/04/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/04/1975" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 688 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: la importancia que reviste para el país el delineamiento de una\r\npolítica que contemple el problema poblacional en toda su magnitud.\r\n\r\nResultando: I) Por decreto 574/974 de 12 de julio de 1974 se establece la\r\nredistribución de las atribuciones y competencias asignadas por la\r\nlegislación vigente a los distintos Ministerios cometiéndose por su\r\nartículo 12º, inciso 13 al Ministerio de Vivienda y Promoción Social \"la\r\npolítica nacional sobre población\";\r\n\r\nII) El aludido problema ha sido debatido en la Reunión Latinoamericana\r\nPreparatoria de Costa Rica y en la Conferencia Mundial de Población\r\norganizada bajo los auspicios de la Organización de las Naciones Unidas\r\nque declaró al año 1974 \"Año de la Población\" y en cuya ocasión los países\r\nde América Latina fijaron sus posiciones de principios en cuanto a las\r\nrelaciones entre población y desarrollo;\r\n\r\nIII) Entre los puntos más destacados de los que conforman el marco ético\r\njurídico de las políticas de población enunciados en el Plan de Acción\r\nMundial sobre Población y en las resoluciones adoptadas por la Conferencia\r\nde Bucarest que los países intervinientes rearfirmaran en conjunto, se\r\nestimó explicitar los siguientes: Los Derecho y Deberes de los Estados;\r\nLos derechos de las personas y los deberes de los Estados; siendo objeto\r\nde consideración dentro de este último principio los temas a saber: a) El\r\nderecho a la supervivencia; b) La familia y la procreación; c) Integración\r\nde la mujer; d) Migración interna y e) Migración internacional;\r\nInstrumentos para las políticas de población; Los insumos para una\r\npolítica de población; Investigación, tratándose especialmente lo relativo\r\na la Investigación Social; Capacitación; Cooperación internacional;\r\nObjetivos y metas de las políticas de población; Situaciones críticas;\r\nAcciones en el plano nacional, destacándose: a) Instrumentos Jurídicos e\r\ninstitucionales y b) Instrumentos para la acción; Distribución espacial de\r\nla población; urbanización; metropolización y dispersión demográfica\r\ndentro de cuyo principio fue remarcado lo concerniente a Fecunidad y\r\nMigraciones Internacionales; La acción de los organismos regionales\r\n(Urbanización, Metropolización y dispersión demográfica y Migraciones\r\nInternacionales); Integración de las políticas de población en las\r\nestrategias y políticas regionales de desarrollo y Acciones de otros\r\norganismos internacionales.\r\n\r\nConsiderando: I) Que se estima beneficioso recoger la sugerencia formulada\r\npor el Plan de Acción Mundial sobre Población (PAMP) en cuanto a la\r\nconveniencia de establecer a alto nivel en la estructura administrativa\r\nnacional una dependencia que permita no solamente planificar los objetivos\r\nsino además que cuente con la capacidad de asegurar su efectiva ejecución\r\npor parte de las entidades competentes y de evaluarla regularmente;\r\n\r\nII) Que asimismo creando el Organo a un nivel jerárquico superior se\r\ncubren aspectos importantes cuales son los derivados de las facultades\r\npara coordinar la acción y proceder a la adopción de medidas dentro de los\r\nrespectivos ámbitos de competencias.\r\n\r\nAtento: a los fundamentos expuestos y a las normas invocadas,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/296-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : " Créase una Comisión encargada del estudio de la problemática poblacional\r\ndel país, la que estará integrada por los señores Ministros de Vivienda y\r\nPromoción Social, de Interior, de Relaciones Exteriores y de Economía y\r\nFinanzas. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/296-1975/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/296-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : " La Comisión que se crea por el artículo anterior propondrá la política\r\nintegral en la materia teniendo en cuenta todos los aspectos del problema,\r\ndemográficos, económicos, sociales, culturales, geopolíticos, etc.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/296-1975/3" 
 ,"textoArticulo" : " El Ministerio de Vivienda y Promoción Social proporcionará los medios\r\nnecesarios para el funcionamiento de dicha Comisión.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/296-1975/4" 
 ,"textoArticulo" : " Derógase el decreto 97/975 de 30 de enero de 1975.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/296-1975/5" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BORDABERRY - FEDERICO SONEIRA - HUGO LINARES BRUM - JUAN CARLOS BLANCO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS\r\n " 
 }