REGLAMENTACION DEL ART. 167 DE LA LEY 19.924, RELATIVA A LA FACULTAD DE MINISTERIO DEL INTERIOR PARA CONTRATAR HASTA MIL RETIRADOS POLICIALES DEL SUBESCALAFON EJECUTIVO




Promulgación: 07/09/2021
Publicación: 10/09/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 167.

Artículo 8

   Los funcionarios contratados bajo el régimen que se reglamenta, en el ejercicio de su función, portarán el uniforme policial con los distintivos jerárquicos del grado que ostentaban al momento de pasar a situación de retiro y el Instituto Policial les proveerá el equipamiento policial orgánico. Estarán sujetos a los Derechos y Obligaciones que el Estado Policial otorga a los Policías en situación de actividad, con excepción de los que se opongan a lo previsto en el artículo 167 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020.
Ayuda