{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "295" 
  ,"anioNorma" : 1993 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1993/07/15/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "23/06/1993" 
  ,"fechaPublicacion" : "15/07/1993" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1993 
  ,"pagina" : 624 
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  ,"vistos" : "    Visto: el acuerdo de Complementación Económica Nº 1, suscrito entre la\r\nRepública Oriental del Uruguay y la República Argentina (ex - Cauce).\r\n\r\n   Considerando: I) que con el propósito de incrementar el comercio entre\r\nambos países, los representantes de la Industria Fotográfica convinieron\r\nuna negociación, según consta en Acta suscrita en Montevideo el 25 de\r\nnoviembre de 1992, consistente en el otorgamiento de las siguientes\r\nconcesiones:\r\n\r\nU R U G U A Y\r\n\r\nNALADI             NALADISA\r\n\r\n37.01.0.01        37.01.10.00          Placas radiográficas\r\n                                       comunes, propias\r\n                                       para uso médico,\r\n                                       sensibilizadas en\r\n                                       las dos caras.\r\n\r\n37.01.0.99        37.01. 30.00         Película gráfica en\r\n                                       planchas.\r\n\r\nA R G E N T I N A\r\n\r\nNALADI            NALADISA\r\n\r\n37.01.1.01        37.03.10.16            Papel fotográfico\r\n                                         blanco y negro\r\n                                         rollos de ancho\r\n                                         superior a 610 mm.\r\n\r\n\r\n                  37.03.90.10             Los demás papeles\r\n                                          fotográficos\r\n                                          blanco y negro.\r\n\r\n    II) Que las autoridades argentinas han prestado aprobación a la\r\nnegociación, por lo que corresponde a Uruguay dictar el Decreto pertinente\r\npara viabilizar lo acordado.\r\n\r\n   Atento: a lo actuado por la Dirección General de Comercio Exterior y la\r\nRepresentación Permanente de la República ante la Asociación\r\nLatinoamericana de Integración y a lo informado por las Asesorías\r\nEconómico Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,\r\n\r\n                 El Presidente de la República\r\n\r\n                           DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/295-1993/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Inclúyese en la nómina de concesiones uruguayas en el Acuerdo de\r\nComplementación Económica Nº 1 ( ex - Cauce) suscrito entre la República\r\nOriental del Uruguay y la República Argentina, las siguientes mercaderías:\r\n\r\nNALADI               NALADISA\r\n\r\n37.01.0.01           37.01.10.00      Placas radiográficas comunes,\r\n                               propias para uso médico, sensibilizadas\r\n                              en las dos caras.\r\n\r\n37.01.0.99           37.01.30.00      Película gráfica en planchas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/295-1993/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - SERGIO ABREU - EDUARDO ACHE\r\n " 
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