{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "294" 
  ,"anioNorma" : 2022 
  ,"nombreNorma" : "DEJASE SIN EFECTO EL DECRETO 285/022, RELATIVO A LOS LIMITES DE CONTAMINANTES INORGANICOS EN EL PRODUCTO YERBA MATE\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2022/09/22/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/09/2022" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/09/2022" 
  ,"vistos" : "    VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo N° 285/022, de 5 de setiembre de 2022;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que por el mismo se extiende la vigencia del Decreto N° 112/015, de 21 de abril de 2015, por un período de 12 (doce) meses, a partir del vencimiento del período de vigencia previsto en el Decreto N° 39/021, de 28 de enero de 2021;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que el Departamento de Relaciones Internacionales y Cooperación del Ministerio de Salud Pública informa que se padeció un error al no proceder a la incorporación al ordenamiento jurídico nacional del Octogésimo Cuarto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 2 (ACE 2.84) relativo al comercio de yerba mate, suscrito entre la República Federativa del Brasil y la República Oriental del Uruguay el día 20 de junio de 2022;\r\n\r\n   II) que en virtud de lo informado corresponde dejar sin efecto el Decreto del Poder Ejecutivo N° 285/022, de 5 de setiembre de 2022;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 9.202 - Orgánica de Salud Pública -, de 12 de enero de 1934, en el Decreto N° 14/013, de 16 de enero de 2013 y en el Decreto N° 112/015, de 21 de abril de 2015 y concordantes;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/294-2022/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Déjase sin efecto el Decreto del Poder Ejecutivo N° 285/022, de 5 de setiembre de 2022, por el que se extiende la vigencia del Decreto N° 112/015, de 21 de abril de 2015, por un período de 12 (doce) meses, a partir del vencimiento del período de vigencia previsto en el Decreto N° 39/021, de 28 de enero de 2021.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/294-2022/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - DANIEL SALINAS - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - OMAR PAGANINI " 
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