{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "293" 
  ,"anioNorma" : 2014 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL REGLAMENTO GENERAL DE PRACTICOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2014/10/21/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/10/2014" 
  ,"fechaPublicacion" : "21/10/2014" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2014 
  ,"pagina" : 741 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/293-2014?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: la gestión del Comando General de la Armada por la cual solicita la\r\nmodificación del literal a) del artículo 99 del Reglamento General de\r\nPrácticos, aprobado por el Decreto 308/986 de 10 de junio de 1986,\r\nreferente al \"Número de Prácticos\" requeridos en diferentes hipótesis\r\nfácticas.\r\n\r\nRESULTANDO: I) que el mencionado Reglamento fue modificado por los\r\nDecretos 554/991 de 15 de octubre de 1991, 250/001 de 3 de julio de 2001,\r\n273/002 de 17 de julio de 2002 y 405/007 de 29 de octubre de 2007,\r\nmanteniendo el artículo 99 su redacción original.\r\n\r\nII) que la norma vigente citada en el Visto, establece que se despacharán\r\ndos Prácticos en determinados casos, entre ellos: \"a) Cuando el recorrido\r\nen el Río Uruguay exceda los 170 kms\".\r\n\r\nIII) que acorde a lo dispuesto por el artículo 125 del Reglamento General\r\nde Prácticos, respecto de las modificaciones reglamentarias, se reunió la\r\nComisión competente a fin de proyectar las mismas, lo que surge del Acta \r\nN° 002/12 de 6 de diciembre de 2012.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) lo informado por la Comisión mencionada, en el sentido\r\nque se ha incrementado el tráfico en el Canal Punta Indio del Río de la\r\nPlata, lo que derivó en un aumento de las horas de navegación en lo\r\nbuques, ocasionando cansancio y fatiga en los profesionales, resultando\r\nnecesaria la modificación promovida.\r\n\r\nII) que la adecuación de la norma, se encuentra en un todo conteste con la\r\nReglamentación de Practicaje en la Prefectura Naval Argentina,\r\ncontemplándose los lineamientos de las reglamentaciones internacionales\r\nvigentes, las que establecen las seis horas para la guardia de puente,\r\ngarantizando la seguridad en la navegación.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dictaminado por la Prefectura\r\nNacional Naval y el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del\r\nMinisterio de Defensa Nacional.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/293-2014/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Sustituir el literal a) del artículo 99 del Reglamento General de\r\nPrácticos aprobado por el artículo 1ro. del Decreto 308/986 de 10 de junio\r\nde 1986, en la redacción dada por los Decretos 554/991 de 15 de octubre de\r\n1991, 250/001 de 3 de julio de 2001, 273/002 de 17 de julio de 2002 y\r\n405/007 de 29 de octubre de 2007, el cual quedará redactado de la\r\nsiguiente manera: (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/293-2014/1\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/293-2014/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada a sus\r\nefectos.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - ENRIQUE PINTADO\r\n " 
 }