{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "293" 
  ,"anioNorma" : 2011 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE LA CONTRATACION DE TERCERIZACION PARA PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, COSMETICOS Y PERFUMES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2011/09/01/12" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/08/2011" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/09/2011" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2011 
  ,"pagina" : 471 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la Resolución GMC N° 26/06 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;\r\n\r\nRESULTANDO: que por la misma se aprobó el \"Reglamento Técnico MERCOSUR\r\nsobre la Contratación de Tercerización para Productos de Higiene Personal,\r\nCosméticos y Perfumes\", estableciendo que los Estados Partes incorporarán\r\ndicha Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 22 de\r\ndiciembre de 2006;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que dicha actualización de la reglamentación sobre los\r\nproductos mencionados, resulta necesaria y oportuna para cubrir las\r\nnecesidades al respecto, de la industria y el comercio nacionales;\r\n\r\nII) que según lo dispuesto en el Artículo 38 del Protocolo Adicional al\r\nTratado de Asunción sobre la estructura institucional del MERCOSUR\r\n-Protocolo de Ouro Preto- aprobado por la Ley N° 16712 de 1° de setiembre\r\nde 1995, los Estados Parte se comprometen a adoptar todas las medidas\r\nnecesarias, para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento\r\nde las normas emanadas de los órganos correspondientes, previstos en el\r\nArtículo 2 del referido Protocolo;\r\n\r\nIII) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la\r\nRepública en el Protocolo mencionado, poniendo en vigencia en el Derecho\r\npositivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas en\r\nel VISTO;\r\n\r\nIV) que la actualización planteada contribuye a permitir un mayor y más\r\nfluido relacionamiento comercial con otros países, circunstancia que\r\nbeneficia el comercio exterior de nuestro País;\r\n\r\nV) que la citada actualización, elevada por el Sector Alimentos,\r\nCosméticos y Domisanitarios, del Departamento de Evaluación de la\r\nConformidad de la División Habilitación Sanitaria del Ministerio de Salud\r\nPública, cuenta con la aprobación de la División Normas e Investigación de\r\ndicha Secretaría de Estado;\r\n\r\nVI) que la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública,\r\nno realiza objeciones respecto de la internalización proyectada, por lo\r\nque corresponde proceder en consecuencia;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 9.202\r\n- Orgánica de Salud Pública - de 12 de enero de 1934 y concordantes;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/293-2011/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Adóptase la Resolución GMC N° 26/06 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR,\r\npor la cual se aprobó el \"Reglamento Técnico MERCOSUR sobre la\r\nContratación de Tercerización para Productos de Higiene Personal,\r\nCosméticos y Perfumes\", que se adjunta al presente Decreto como Anexo (*)\r\ny forma parte integrante del mismo.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/293-2011/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/293-2011/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - JORGE VENEGAS - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN\r\n " 
 }