REGLAMENTACION DEL ART. 28 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION GENERAL DE REPRESION AL TRAFICO ILICITO DE DROGAS




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Derogada/o por: Decreto Nº 84/019 de 25/03/2019 artículo 159.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 28.
   VISTO: el artículo 28 de la Ley 19.315 de 18 de febrero de 2015. 

   RESULTANDO: I) que la mencionada disposición legal establece los cometidos de la Dirección General de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas.

   II) que constituyen cometidos de la referida unidad policial la prevención, control y represión del trafico ilícito de drogas y de aquellas acciones que contravengan las normas sobre producción, distribución y empleo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas 

   CONSIDERANDO: que corresponde reglamentar la referida disposición legal, determinando la estructura orgánica de la Dirección General de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas. 

   ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República. 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

CAPITULO I
Naturaleza y cometidos

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 292/016 de 19/09/2016 artículo 1.

   RAÚL SENDIC - EDUARDO BONOMI
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