{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "292" 
  ,"anioNorma" : 2001 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL TOPE DE LOS INTERESES POR CREDITOS PERCIBIDOS POR \r\nCONCESIONARIOS DE OBRA PUBLICA PARA EL FINANCIAMIENTO A LARGO PLAZO \r\n\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2001/07/31/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/07/2001" 
  ,"fechaPublicacion" : "31/07/2001" 
 ,"RNLD" : {  
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  ,"anio" : 2001 
  ,"pagina" : 220 
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  ,"vistos" : " VISTO: los límites de los intereses deducibles a efectos de la \r\nliquidación del Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio, \r\nestablecidos por el artículo 32º del Decreto Nº 840/988, de 14 de \r\ndiciembre de 1988.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) la necesidad de adecuar el tope de los intereses por \r\ncréditos percibidos por los Concesionarios de Obra Pública para el \r\nfinanciamiento a largo plazo de las inversiones comprometidas y de \r\ndefinir un marco estable que garantice que esas condiciones más \r\nfavorables sirvan exclusivamente para asegurar una mayor concurrencia y \r\nque la reducción del costo fiscal de la inversión se traslade en \r\nbeneficio del consumidor del servicio respectivo.-\r\n\r\nII) la necesidad de eliminar los límites de los intereses deducibles \r\ncorrespondientes a préstamos otorgados por organismos internacionales de \r\ncrédito que integre nuestro país.-\r\n\r\nATENTO: a lo dispuesto por el literal ñ) del artículo 13º, Título 4 del \r\nTexto Ordenado 1996 y el numeral 4) del artículo 168º de la Constitución \r\nde la República.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
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  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 840/988 <IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/fd.gif\" style=\"border:0;float:none;margin:0;\" ALT=\"Derogada/o\" TITLE=\"Derogada/o\"> de 14/12/1988 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/840-1988/32\" >32</a>.\r\n" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc..-\r\n " 
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  ,"firmantes" : " BATLLE - ALBERTO BENSION\r\n\r\n\r\n " 
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