Visto: el oficio remitido por la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland solicitando se le autorice participar con
la empresa estatal "Petrocanada" en la realización de una campaña de
exploración y producción petrolera en Ecuador.
Resultando: que es intención de dicho Ente participar con la empresa
mencionada en un emprendimiento conjunto en los trabajos de exploración y
explotación de la Cuenca de Oriente de Ecuador (Block Nº 9), en virtud de
la cual la Administración Nacional de Combustible Alcohol y Portland
entraría con un porcentaje de la cuota de petróleo que eventualmente
resultare de dichas operaciones.
Considerando: I) Que la inversión resulta de monto reducido máximo si
tenemos en cuenta el Interés Nacional que existe para asegurar una
eventual fuente de suministro de petróleo;
II) Que corresponde al Poder Ejecutivo todo lo relacionado con la
formulación, programación, reglamentación, ejecución y contralor de la
política en materia de fuentes de energía.
Atento: a lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria y Energía y a lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley de
Hidrocarburos (decreto-ley 14.181) y disposiciones concordantes,
El Presidente de la República
DECRETA:
Autorízase a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland, para participar conjuntamente con la empresa estatal
"Petrocanada", en la realización de una campaña de exploración petrolera
en Ecuador.