MODIFICACION DEL REGLAMENTO ORGANICO DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION




Promulgación: 23/07/1984
Publicación: 31/07/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 136
  Visto: la solicitud formulada por el Ministerio de Justicia, relacionada
con la situación planteada con los expedientes relativos a asociaciones
civiles y fundaciones, con más de treinta años de antigüedad.

  Resultando: I) Que dicha Secretaría de Estado en el ejercicio de su
competencia requiere una permanente consulta de los antecedentes de
aquellas;

II) Que el Reglamento Orgánico del Archivo General de la Nación establece
la prohibición, en su artículo 13 de remitir a las demás oficinas públicas
expedientes con más de 30 años de antigüedad;

III) Que el Archivo General de la Nación brindó su conformidad expresa a
lo solicitado.

  Considerando: que, para su correcto ejercicio de las funciones de
policía de las asociaciones con personería jurídica, es menester remover
aquel obstáculo.

  Atento: a lo expuesto, a lo dispuesto en la ley 15.089, de 12 de
diciembre de 1980, decreto 16/982, de 19 de enero de 1982, decreto
295/977, de 17 de mayo de 1977, y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada
del Ministerio de Educación y Cultura,

        El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                              DECRETA:

Artículo 1

   Agrégase al artículo 13 del Reglamento Orgánico del Archivo General de la Nación el siguiente inciso: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

ALVAREZ - JULIO CESAR RAPELA - CARLOS A. MAESO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS -
JUSTO M. ALONSO - JUAN BAUTISTA SCHROEDER - FRANCISCO D. TOURREILLES -
FILIBERTO GINZO GIL - NESTOR J. BOLENTINI - LUIS A. GIVOGRE - CARLOS
MATTOS MOGLIA - ENRIQUE V. FRIGERIO
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