{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "292" 
  ,"anioNorma" : 1979 
  ,"nombreNorma" : "REGLAMENTACION DEL FUNCIONAMIENTO Y COMPETENCIAS DE LAS SECRETARIAS PERMANENTE Y TECNICA DE LA COMISION NACIONAL DE LA CUENCA DEL PLATA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/06/14/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "29/05/1979" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/06/1979" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1979 
  ,"pagina" : 1643 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: el decreto del Poder Ejecutivo de fecha 27 de diciembre de 1978,\r\npor el cual se reestructura la Comisión Nacional de la Cuenca del Plata.\r\n\r\n  Resultando: que el artículo 6º del antedicho decreto dispuso que el\r\nMinisterio de Relaciones Exteriores y la Secretaría de Planeamiento,\r\nCoordinación y Difusión, en acuerdo con la Comisión Nacional de la Cuenca\r\ndel Plata, debían elevar en un plazo de 90 días al Poder Ejecutivo la\r\nreglamentación de funcionamiento y competencias de la Secretaría\r\nPermanente y de la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional.\r\n\r\n  Considerando: el proyecto de reglamentación elaborado por el Ministerio\r\nde Relaciones Exteriores y la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y\r\nDifusión, en acuerdo con la Comisión Nacional de la Cuenca del Plata,\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/292-1979/1" 
 ,"textoArticulo" : "    La Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de la Cuenca del Plata\r\nestará a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y funcionará en el\r\nDepartamento de Integración Económica de dicha Secretaría de Estado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/292-1979/2" 
 ,"textoArticulo" : "      La Jefatura de la Secretaría Permanente será ejercida por el Jefe del\r\nDepartamento de Integración Económica de la Cancillería, actuando como\r\nAlterno el Subjefe del mismo Departamento.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/292-1979/3" 
 ,"textoArticulo" : "           Son competencias de la Secretaría Permanente:\r\n\r\na)   Efectuar y dar curso a toda comunicación entre la Comisión Nacional y\r\n     la Representación de la República ante el Comité Intergubernamental\r\n     Coordinador (CIC);\r\n\r\nb)   Cumplir las resoluciones de la Comisión Nacional y, con ese fin,\r\n     hacer las gestiones necesarias ante los Ministerios y demás\r\n     Organismos citados en los artículos 1º y 2º del Decreto del Poder\r\n     Ejecutivo de 27 de diciembre de 1978;\r\n\r\nc)   Encargarse de los archivos de la Comisión Nacional, de la\r\n     actualización de la información y de la compilación de antecedentes;\r\n\r\nd)   Citar a reunión a la Comisión Nacional, con la conformidad o\r\n     indicación de su Presidente y a los grupos de trabajo creados por\r\n     aquélla, así como preparar, previa consulta con el Presidente, el\r\n     temario de las respectivas reuniones y la documentación,\r\n     correspondiente, los cuales serán sometidos a consideración de la\r\n     Comisión o de los grupos de trabajo, según el caso;\r\n\r\ne)   Labrar las actas de las reuniones mencionadas en el inciso d);\r\n\r\nf)   Realizar los demás cometidos que le encomiende la Comisión Nacional.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/292-1979/4" 
 ,"textoArticulo" : "     La Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de la Cuenca del Plata\r\nestará a cargo de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y\r\nfuncionará en el Departamento de Integración Económica del Ministerio de\r\nRelaciones Exteriores.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/292-1979/5" 
 ,"textoArticulo" : "     La Jefatura de la Secretaría Técnica será ejercida por el Director de\r\nla División de Planeamiento de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación\r\ny Difusión, actuando como Alterno el Jefe del Sector de Comercio Exterior\r\nde dicha Secretaría de Estado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/292-1979/6" 
 ,"textoArticulo" : "           Son competencias de la Secretaría Técnica:\r\n\r\na)   Elaborar por su propia iniciativa o por encargo de la Comisión\r\n     Nacional, estudios sobre la Cuenca del Plata y elevarlos a la\r\n     consideración de la Comisión;\r\n\r\nb)   Informar a la Comisión Nacional respecto de los trabajos y propuestas\r\n     presentados a ésta por los Delegados Permanentes y no Permanentes,\r\n     así como por organismos nacionales o internacionales o por técnicos\r\n     de reconocida autoridad a los cuales la Comisión Nacional solicite\r\n     asesoramiento;\r\n\r\nc)   Cumplir los demás asesoramientos técnicos que, en cada caso, le\r\n     requiera la Comisión Nacional.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/292-1979/7" 
 ,"textoArticulo" : "      La Secretaría Permanente y la Secretaría Técnica coordinarán sus\r\nacciones a fin de lograr la mayor efectividad en los trabajos de la\r\nComisión Nacional de la Cuenca del Plata.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/292-1979/8" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - MANUEL J. NUÑEZ - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO J. SAMPSON - LUIS H. MEYER - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - ANTONIO CAÑELLAS - JORGE LEON OTERO -\r\nFERNANDO BAYARDO BENGOA\r\n " 
 }