{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "291" 
  ,"anioNorma" : 2019 
  ,"nombreNorma" : "EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. RIO NEGRO\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2019/10/07/39" 
    ,"fechaPromulgacion" : "30/09/2019" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/10/2019" 
  ,"vistos" : "    VISTO: La gestión de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) por la que solicita la designación para la expropiación del inmueble empadronado con el N° 6804 (P) ubicado en la 6ª Sección Catastral del departamento de Río Negro, zona rural;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que el inmueble de referencia será destinado a la instalación de equipamiento para la red celular de ANTEL y para mantener y mejorar la calidad del servicio de telecomunicaciones a la comunidad de la zona;\r\n\r\n   II) que la Asesoría Notarial de ANTEL, realizó infructuosos intentos a lo largo del tiempo para obtener la documentación necesaria a fin de formalizar la escritura de compraventa del referido inmueble;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: que corresponde acceder a lo solicitado, en mérito a que ANTEL podrá brindar el servicio de telecomunicaciones con mayor eficacia y seguridad;\r\n\r\n   ATENTO: a lo dispuesto por la Ley N° 3.958 de 28 de marzo de 1912 y sus modificativas, Decretos Leyes Nos. 14.694 de 1 de setiembre de 1977 y 15.031 de 4 de julio de 1980 y Leyes Nos. 9257 de 15 de febrero de 1934 y 9722 de 18 de noviembre de 1937;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/291-2019/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) el inmueble empadronado con el N° 6804 (P) ubicado en la 6ª Sección Catastral del departamento de Río Negro, zona rural.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/291-2019/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/291-2019/3" 
 ,"textoArticulo" : "    La Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) habrá de hacer una reserva prudencial a efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027 del 17 de junio de 1980.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/291-2019/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    TABARÉ VÁZQUEZ - GUILLERMO MONCECCHI " 
 }