REGLAMENTACION DEL ART. 26 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION DE PLANIFICACION Y ESTRATEGIA POLICIAL




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 26.

CAPITULO II
ESTRUCTURA ORGÁNICA
DEPARTAMENTO DE RELACIONES INTERNACIONALES

Artículo 17

   El Departamento de Relaciones Internacionales cumplirá con los siguientes cometidos:
   a) Recepcionar y gestionar los expedientes relacionados a ofrecimientos para usufructo de becas y cursos en el exterior en coordinación con Relaciones Internacionales perteneciente a la Subsecretaria.
   b) Organizar y ejecutar pruebas a las que deberán someterse los aspirantes a integrar la selección que concurrirá a Misiones de Paz, con arreglo a las exigencias de Naciones Unidas
   c) Establecer relaciones con las Unidades de Cooperación Internacionales similares y mantener actualizada las normativas nacionales e internacionales, como así todos los instrumentos que contengan normas en materia de cooperación judicial, penal, administrativa y policial.
   d) Recepcionar y Coordinar los cursos internacionales. Promover capacitación a través de cursos, seminarios, conferencias y especializaciones. Incorporaran convenios, acuerdos con instituciones académicas y de investigación o proyectos de investigación con organismos multilaterales, todo con el fin de fortalecer el conocimiento en el combate al crimen organizado y delitos conexos.
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