REGLAMENTACION DEL ART. 26 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION DE PLANIFICACION Y ESTRATEGIA POLICIAL




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 26.

CAPITULO II
ESTRUCTURA ORGÁNICA
DEPARTAMENTO DE RELACIONES PÚBLICAS

Artículo 16

   El Departamento de Relaciones Públicas cumplirá con los siguientes cometidos:
   a) Asesorar, planificar, coordinar y supervisar las situaciones específicas determinadas por el superior con respecto a las actividades de Relaciones Publicas, incluyendo prensa y propagandas.
   b) Coordinar actividades nacionales con la acción preventiva policial relativas a la educación sobre seguridad física así como en todos los casos de emergencias. Acciones cívicas y servicios comunitarios. Además tendrá injerencia en el análisis y evaluación de las normas de actuación policial, incluyendo proyectos y sugerencias al respecto.
   c) Mantener comunicación con las Oficinas de Relaciones Públicas de las distintas Unidades
   d) Otros cometidos que le asignará el comando de esta Dirección.
Ayuda