REGLAMENTO GENERAL DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA TECNICA DE AERONAUTICA - TRANSPORTE AEREO




Promulgación: 21/06/1994
Publicación: 30/06/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 756
      Visto: la propuesta del Comando General de la Fuerza Aérea por la
cual solicita la aprobación de un nuevo Reglamento de Organización y
Funcionamiento de la Escuela Técnica de Aeronáutica, sustitutivo del
aprobado por el Decreto 638/981 de 22 de diciembre de 1981.

     Resultando: I) que por el Decreto 673/990 de 20 de diciembre de 1990,
se aprobó una primera etapa de la reestructura orgánica de la Fuerza
Aérea.

     II) que la evolución de la ciencia y los cambios tecnológicos
actuales, fundamentalmente las nuevas adquisiciones de aeronaves, han
producido necesidades de recursos humanos capacitados en especialidades y
habilidades diferentes a las existentes.

     Considerando: I) que la Escuela Técnica de Aeronáutica, es el
Instituto de reclutamiento técnico docente para el Personal Subalterno de
la Fuerza Aérea, fundamentalmente para el Escalafón Aerotécnico según lo
establece el artículo 39 del Decreto-Ley 14.747 de 28 de diciembre de
1977.

     II) que en el tenor de la reestructuración de la Fuerza Aérea, es
conveniente modificar la estructura orgánica de la mencionada Escuela,
reduciéndola, adecuándola y reagrupando sus funciones, a los efectos de
lograr una mejor gestión.

     Atento: a los fundamentos expuestos y a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea y por la Asesoría Letrada del Ministerio de
Defensa Nacional.

     El Presidente de la República

                            DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Reglamento General de Organización y Funcionamiento de la
Escuela Técnica de Aeronáutica, el que quedará redactado de la siguiente
manera: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.
Referencias al artículo

Artículo 2

   El Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea dispondrá la emisión del
Manual de Organización, Funciones y Procedimientos, el cual desarrollará y
profundizará la organización que establece el presente Decreto y detallará
las normas y procedimientos de funcionamiento que aseguren el cumplimiento
de la misión designada.
Referencias al artículo

Artículo 3

 Apruébase el Organigrama adjunto. 

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 291/994 de 
21/06/1994.
Referencias al artículo

Artículo 4

     Derógase el Decreto 638/981 de 22 de diciembre de 1981, sus
modificativos, ampliatorios y concordantes.
Referencias al artículo

Artículo 5

   Comuníquese, publíquese y archívese.

LACALLE HERRERA - DANIEL HUGO MARTINS
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