{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "291" 
  ,"anioNorma" : 1993 
  ,"nombreNorma" : "PARTIDAS PRESUPUESTALES - PRESUPUESTO. EJERCICIO 1993\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1993/07/08/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/06/1993" 
  ,"fechaPublicacion" : "08/07/1993" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1993 
  ,"pagina" : 615 
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  ,"vistos" : "     Visto: la política de reducción del gasto público que viene llevando a\r\ncabo el Poder Ejecutivo.\r\n\r\n    Resultando: que en aplicación de los establecido en el artículo 47 de\r\nla ley 16.320, de 1º de noviembre de 1992, se dictó el decreto 62/993,\r\nde 2 de febrero de 1993, que limitó al 90% de lo gastado en el Ejercicio\r\n1992 los compromisos de los Rubros 2 \"Materiales y Suministros\" y 3\r\n\"Servicios no personales\" y del Subrubro 4.7 \"Materiales y partes para\r\nreemplazo\" de los Programas de los Incisos 02 a 14.\r\n\r\n    Considerando: I) Que las medidas dispuestas han sido insuficientes\r\npara lograr los objetivos propuestos;\r\n\r\nII) Que se estima necesario adoptar nuevos cursos de acción limitando\r\nlos gastos que se efectúan con cargo a créditos presupuestales;\r\n\r\nIII) Que a tal efecto corresponde transferir para el Ejercicio 1993, de\r\nlos créditos presupuestales de los Rubros 2 \"Materiales y Suministros\" y 3\r\n\"Servicios no personales\" y del Subrubro 4.7 \"Materiales y partes para\r\nreemplazo\" y Proyectos de Inversión de los Programas de los Incisos 02 a\r\n14, a un Renglón Especial como indisponibles, la cantidad equivalente al\r\n20% de los Fondos Extrapresupuestales, correspondientes a los gastos de\r\nfuncionamiento e inversión, calculados en base a la ejecución del\r\nEjercicio 1992;\r\n\r\nIV) Que es conveniente además delegar en el Ministerio de Economía y\r\nFinanzas la facultad para establecer las condiciones de excepción cuando\r\nno sea posible proceder estrictamente con lo dispuesto en el presente\r\nDecreto.\r\n\r\n    Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 168 numeral 24\r\nde la Constitución de la República,\r\n\r\n       El Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/291-1993/1" 
 ,"textoArticulo" : "    La Contaduría General de la Nación, para el Ejercicio 1993, transferirá\r\nde los créditos presupuestales de los Rubros 2 \"Materiales y Suministros\"\r\ny 3 Servicios no Personales\" y del Subrubro 4.7 \"Materiales y partes para\r\nreemplazo\" y Proyectos de Inversión de los Programas de los Incisos 02 a\r\n14, a un Renglón Especial como indisponibles, la cantidad equivalente al\r\n20% de los Fondos Extrapresupuestales, correspondientes a los gastos de\r\nfuncionamiento e inversión, calculados en base a la ejecución del\r\nEjercicio 1992.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/291-1993/2" 
 ,"textoArticulo" : "     En los gastos de funcionamiento la transferencia se efectuará a nivel\r\nde Rubros.\r\n\r\n    En las inversiones, cada Programa determinará en un plazo máximo de\r\nquince días contados a partir de la notificación del respectivo importe\r\npor la Contaduría General de la Nación, de qué Proyectos corresponde\r\nefectuar la transferencia correspondiente.\r\n\r\n    De no recibirse dicha información en el plazo indicado, la Contaduría\r\nGeneral de la Nación procederá a realizar las transferencias en función\r\ncreciente del número de Proyecto hasta cubrir el monto respectivo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/291-1993/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Delégase en el Ministerio  de Economía y Finanzas la facultad para\r\nestablecer las condiciones de excepción cuando no sea posible proceder\r\nestrictamente con lo dispuesto en el presente Decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/291-1993/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - SERGIO ABREU - IGNACIO DE POSADAS\r\nMONTERO - MARIANO R. BRITO - ANTONIO MERCADER - JUAN CARLOS RAFFO - EDUARDO ACHE - ENRIQUE ALVARO CARBONE - GUILLERMO GARCIA COSTA - PEDRO SARAVIA - JOSE VILLAR GOMEZ - MANUEL ANTONIO ROMAY\r\n " 
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