{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "290" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL ESTATUTO PARA LOS FUNCIONARIOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/04/25/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "10/04/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "25/04/1975" 
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  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 677 
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  ,"vistos" : " Visto: estos antecedentes elevados por el Instituto Nacional de\r\nColonización, a los fines que se indicarán.\r\n\r\nResultando: I) Por el decreto 359/974, del 9 de mayo de 1974, el Poder\r\nEjecutivo aprobó el Estatuto para los funcionarios del Instituto Nacional\r\nde Colonización. Por el artículo 1º del referido Estatuto, se dispuso:\r\n\"Son funcionarios a los efectos del Estatuto, aquellas personas que,\r\nestando jurídicamente capacitadas para el ejercicio de la función pública,\r\nhan ingresado al servicio del Instituto, mediante un acto de investidura,\r\ncumplido conforme a derecho, por la autoridad competente. Los funcionarios\r\ncontratados no se reputarán incorporados al Instituto al que arriendan\r\nsus servicios y sus derechos y obligaciones resultarán de las\r\nestipulaciones de sus contratos\";\r\n\r\nII) Por oficio Nº 13.186 del 21 de enero de 1975 el mencionado Ente\r\nexpresa que varios funcionarios del Personal Contratado de los Escalafones\r\nEspecializado, Técnico y Administrativo, presentaron recursos contra los\r\nartículos 1º y 16º del aludido Estatuto. Agrega que considerado el informe\r\nletrado producido por la Sala de Abogados del Ente, dispuso -por\r\nresolución Nº 41 del Acta nº 3.080- hacer lugar a los recursos\r\ninterpuestos contra el artículo 1º del Estatuto, solicitando su\r\nmodificación en la forma que indica;\r\n\r\nIII) Se recabó la opinión de la Dirección de Asesoramiento Legal del\r\nMinisterio de Agricultura y Pesca, el que informó que corresponde prestar\r\naprobación al proyecto de modificación del artículo 1º del Estatuto para\r\nlos funcionarios del Instituto Nacional de Colonización.\r\n\r\nConsiderando: conveniente, de acuerdo con lo expuesto, prestar aprobación\r\na la modificación del artículo 1º del Estatuto para los funcionarios del\r\nInstituto Nacional de Colonización, en la forma indicada por el aludido\r\nEntre y aprobada por la Dirección de Asesoramiento Legal del Ministerio de\r\nAgricultura y Pesca.\r\n\r\nAtento: a lo preceptuado por el artículo 58º y concordantes de la\r\nConstitución de la República.\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/290-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : " Sustitúyese el artículo 1º del Estatuto para los Funcionarios del\r\nInstituto Nacional de Colonización, aprobado por decreto 359/974, del 9 de\r\nmayo de 1974, por el siguiente:\r\n\r\n \"Artículo 1º. A los efectos de este Estatuto, son funcionarios todas las\r\npersonas que, incorporadas regularmente al Instituto Nacional de\r\nColonización, participan en el funcionamiento de sus servicios, cualquiera\r\nsea el modo de remuneración. No son funcionarios los arrendadores de\r\nservicios, cuyos derechos u obligaciones resultaran exclusivamente de las\r\nestipulaciones de los contratos respectivos\". (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#FF0000\">Ver vigencia:</font></b> Decreto Nº 277/010 de 10/09/2010 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/277-2010/1\" >1</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/290-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " BORDABERRY - HECTOR E. ALBURQUERQUE\r\n " 
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