{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "29" 
  ,"anioNorma" : 2024 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DEL LIMITE A QUE REFIERE EL ART. 78 TER. DEL DECRETO 148/007, RELATIVO AL IRPF. EJERCICIO 2024\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2024/02/05/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "29/01/2024" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/02/2024" 
  ,"vistos" : "    VISTO: los límites que debe fijar el Poder Ejecutivo a efectos del régimen opcional de liquidación simplificada y de exclusión de retenciones, para los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) que obtengan rentas incluidas en la Categoría II de dicho tributo;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: que es necesario establecer los referidos límites para el Ejercicio 2024;\r\n\r\n   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 64 Bis y 78 Ter del Decreto N° 148/007, de 26 de abril de 2007, en la redacción dada por el artículo 2° del Decreto N° 154/015, de 1° de junio de 2015;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/29-2024/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase el límite a que refiere el artículo 78 Ter del Decreto N° 148/007, de 26 de abril de 2007, correspondiente al Ejercicio 2024 en $ 736.800,00 (pesos uruguayos setecientos treinta y seis mil ochocientos) anuales.\r\n\r\n   Fíjase en $ 61.400,00 (pesos uruguayos sesenta y un mil cuatrocientos) mensuales y en $ 736.800,00 (pesos uruguayos setecientos treinta y seis mil ochocientos) anuales, el límite a que refiere el artículo 64 Bis del Decreto N° 148/007, de 26 de abril de 2007, para quedar excluido de las retenciones mensuales y del ajuste anual, respectivamente, correspondientes al Ejercicio 2024.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/29-2024/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE " 
 }