REGLAMENTACION DEL ART. 25 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LAS JEFATURAS DE POLICIA DEL INTERIOR DEL PAIS




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 05/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 25.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN CUARTA
                                 DEL JEFE

Artículo 11

   Departamento de Asesoría Legal.
   Estará a cargo de un Abogado o Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, con habilitación ante la Suprema Corte de Justicia.
   Para el desempeño de su cargo y de los asuntos confiados a su gestión actuará con independencia técnica.
   Tendrá los siguientes cometidos:
   a- Informar y asesorar en los expedientes cuyo dictamen se disponga.
   b- Redactar resoluciones, proyectos y convenios que se encomienden.
   c- Evacuar las consultas que se le formulen en forma verbal o escrita.
   d- Controlar y fiscalizar los sumarios e investigaciones administrativas realizadas en la Unidad Ejecutora, aconsejando las sanciones y medidas que en su concepto corresponda aplicar.
   e- Integrar equipos interdisciplinarios sobre diversos temas referentes al propósito de gestión que la Unidad Ejecutora encomiende.
   f- Oficiar de enlace con la Asesoría Notarial de la Gerencia del Área Jurídica - Notarial, la cual pertenece a la Unidad Ejecutora N° 001 y depende de la Dirección General de Secretaría del Ministerio del Interior.
   g- Representar y patrocinar a la Unidad en todo proceso jurisdiccional en que esta sea parte.
   h- Realizar todas aquellas actividades y cometidos que por su naturaleza correspondan.
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