PROGRAMA DE ACCESO AL SUELO URBANO. PLAN DE PREVENCION DE ASENTAMIENTOS




Promulgación: 10/07/2003
Publicación: 22/07/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 131

Artículo 3

 Todos los terrenos del Estado que hubieran sido declarados prescindibles 
de acuerdo al artículo 8º de la Ley Nº 16.112, de 30 de mayo de 1990 y el 
artículo 736º de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 y respondan a 
las especificaciones del Plan de Asentamiento que defina la Dirección 
Nacional de Ordenamiento Territorial del Ministerio de Vivienda, 
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, formarán parte del sistema de 
lotes con servicio, sin perjuicio de los que pueda disponer el promotor 
privado a tales efectos.-
Cuando el terreno sea proporcionado por el promotor privado, deberá ser 
aprobado previamente por la Dirección Nacional de Ordenamiento 
Territorial.-
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