{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "289" 
  ,"anioNorma" : 1994 
  ,"nombreNorma" : "JUEGOS DE AZAR - CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA SALAS DE JUEGO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1994/06/30/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "21/06/1994" 
  ,"fechaPublicacion" : "30/06/1994" 
  ,"vistos" : "    Visto: la gestión de la Dirección General de Casinos, solicitando\r\nautorización para celebrar un nuevo contrato de arrendamiento de un local\r\ndel Club Parque del Plata, sito en la Avenida Mario Ferreira, entre las\r\ncalles 12 y 13 de la ciudad balnearia.\r\n\r\n   Resultando: I) que ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos\r\n513 y 514 de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987.\r\n\r\n   II) que el proyecto de contrato adjunto no contiene cláusulas que\r\nviolen el orden público instituido en el estatuto arrendaticio (artículo\r\n117 del Decreto Ley Nº 14.219 de 4 de julio de 1974).\r\n\r\n   Considerando: I) que el Tribunal de Cuentas de la República ha\r\nobservado el gasto.\r\n\r\n   II) que se entiende oportuno insistir en el mismo, haciendo uso del\r\nmecanismo dispuesto en el literal b) del artículo 211 de la Constitución\r\nde la República.\r\n\r\n   Atento: a lo informado por la División Contaduría Central del\r\nMinisterio de Economía y Finanzas.\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/289-1994/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase a la Dirección General de Casinos, Unidad Ejecutora 013 del\r\nPrograma 001 del inciso 05 - Ministerio de Economía y Finanzas - a\r\ncelebrar contrato de arrendamiento de un local de la Asociación Club\r\nParque del Plata, en la Avda. Mario Ferreira entre las calles 12 y 13 de\r\nla ciudad balnearia y, por ende, insístese en el gasto. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/289-1994/2" 
 ,"textoArticulo" : "    El precio mensual estipulado asciende a la suma de $4.200 (pesos\r\nuruguayos cuatro mil doscientos) reajustables anualmente al valor de la\r\nUnidad Reajustable Alquileres (URA). \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/289-1994/3" 
 ,"textoArticulo" : "    El plazo de vigencia del contrato es de dos años a partir del 1º de\r\ndiciembre de 1992. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/289-1994/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Amplíase el presupuesto de la Dirección General de Casino\r\ncorrespondiente al ejercicio 1992 en la suma de $4.200 (pesos uruguayos\r\ncuatro mil doscientos). \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/289-1994/5" 
 ,"textoArticulo" : "    La erogación que se autoriza, se atenderá con cargo al rubro 3.00 del\r\nPrograma 001 del Presupuesto de la Dirección General de Casinos, años\r\n1992, 1993 y 1994. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/289-1994/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Dése cuenta a la Asamblea General. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/289-1994/7" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, dése cuenta al Tribunal de Cuentas y vuelva a sus efectos\r\na la Dirección General de Casinos. \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO\r\n " 
 }