{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "289" 
  ,"anioNorma" : 1983 
  ,"nombreNorma" : "AUMENTO DE MONTOS DE MULTAS POR INFRACCIONES APLICABLES A LAS ASOCIACIONES CIVILES Y FUNDACIONES. AGOSTO 1983" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1983/08/30/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "23/08/1983" 
  ,"fechaPublicacion" : "30/08/1983" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1983 
  ,"pagina" : 319 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: estos antecedentes que se refieren a la actualización de los\r\nmontos determinados por el artículo 2º literal c) de la ley 15.089, de\r\nfecha 12 de diciembre de 1980.\r\n\r\nResultando: I) Que según se informa por el Ministerio de Economía y\r\nFinanzas, el porcentaje a aplicarse según el coeficiente por costo de\r\nVida comunicado, a su vez, por la División Indices y Estadísticas\r\nLaborales de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, es\r\n1.5592 que corresponde al ajuste por costo de vida entre diciembre de\r\n1980 y diciembre de 1982, fijando los nuevos montos en cifras enteras;\r\n\r\nII) Que la multiplicación de los montos mínimos y máximos de N$ 500.00 y\r\nN$ 5.000.00 respectivamente, por el coeficiente 1.5592 da N$ 779.60 y\r\n7.796.00 y corresponde redondearlos a N$ 780.00 y N$ 7.800.00.\r\n\r\nAtento: a lo precedentemente expuesto y a lo determinado por el artículo\r\n2o literal c) de la ley 15.089 de fecha 12 de diciembre de 1980,\r\n\r\n                      El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/289-1983/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Fíjanse en N$ 780.00 (nuevos pesos setecientos ochenta) y N$ 7.800,00\r\n(nuevos pesos siete mil ochocientos) los montos mínimos y máximos de multa\r\na las Asociaciones Civiles y Fundaciones que incurran en infracciones a\r\nlas normas legales, reglamentarias o estatutarias.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/289-1983/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/289-1983/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - JULIO CESAR ESPINOLA - WALTER LUSIARDO AZNAREZ\r\n " 
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