{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "288" 
  ,"anioNorma" : 2009 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO\r\nSOCIAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2009/06/25/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/06/2009" 
  ,"fechaPublicacion" : "25/06/2009" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2009 
  ,"pagina" : 1489 
  } 
  ,"vistos" : " \r\nVisto: el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 286/006 de 22 de agosto de 2006 y\r\nsu modificativo Nº 52/007, de 5 de febrero de 2007;\r\n\r\nResultando: I) que por el mismo se aprobó el proyecto de formulación de la\r\nestructura organizativa del Inciso 15 \"Ministerio de Desarrollo Social\";\r\n\r\nII) que en los Capítulos IV (Dirección General de Secretaría) y X\r\n(Instituto Nacional de la Juventud) se han constatado algunos errores, así\r\ncomo ciertas inconsistencias respecto a las previsiones sobre puestos de\r\ntrabajo contenidas en las normas legales y reglamentarias aprobadas\r\nposteriormente;\r\n\r\nConsiderando: que a los efectos de corregir tales errores e\r\ninconsistencias resulta conveniente y necesario modificar el citado\r\nDecreto;\r\n\r\nAtento: A lo precedentemente expuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n                    ACTUANDO EN CONSEJO DE MINISTROS,\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/288-2009/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Modifícase parcialmente, a partir de la fecha de su vigencia, el Decreto\r\ndel Poder Ejecutivo Nº 286/006 de 22 de agosto de 2006, por el que se\r\naprueba el proyecto de formulación de la estructura organizativa del\r\nInciso 15 \"Ministerio de Desarrollo Social\", y su modificativo Nº 52/007,\r\nde 5 de febrero de 2007, en lo que refiere al Capítulo IV (Dirección\r\nGeneral de Secretaría), 3.- Estructura Organizativa.- 3.1 Organización y\r\nal Capítulo X (Instituto Nacional de la Juventud), 3.1.- Organización,\r\nsustituyéndose su redacción actual por la siguiente:\r\nCapítulo IV: Dirección General de Secretaría:\r\n3.  Estructura Organizativa\r\n3.1 Organización\r\nLa Dirección General de Secretaría se integrará con una asesoría (de\r\nCooperación Internacional) y seis Divisiones (Jurídico-Notarial, de\r\nRecursos Humanos, de Informática, de Logística, de Planificación\r\nPresupuestal y Financiera y de Relacionamiento con la población)\r\na) De la División Recursos Humanos dependerán dos Departamentos (de\r\nLiquidación de Sueldos y de Administración de Desarrollo Humano).\r\nb) De la División Planificación Presupuestal y Financiera dependerán dos\r\nDepartamentos (Compras y Financiero-Contable).\r\nc) Del Departamento Financiero-Contable dependerá la Sección Tesorería.\r\nd) De la División Logística dependerán cuatro Departamentos (de\r\nProveeduría, de Locomoción y Transporte, de Servicios Generales, y de\r\nMantenimiento).\r\nCapítulo X: Instituto Nacional de la Juventud\r\n3. Estructura Organizativa\r\n3.1 Organización\r\nEl Instituto Nacional de la Juventud tendrá dos Divisiones (Desarrollo y\r\nParticipación Social y Evolución y Diseño de Programas), sustituyéndose\r\nlas restantes, por dos Departamentos (de Descentralización o de\r\nCoordinación de Políticas de Juventud a nivel local y Centro de\r\nInformación a la Juventud).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/288-2009/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Dése cuenta a la Asamblea General.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/288-2009/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - JORGE BRUNI - GONZALO FERNANDEZ - ALVARO GARCIA - JOSE\r\nBAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - MARIA JULIA MUÑOZ -\r\nERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI\r\n " 
 }