MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL




Promulgación: 15/06/2009
Publicación: 25/06/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1489
Visto: el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 286/006 de 22 de agosto de 2006 y
su modificativo Nº 52/007, de 5 de febrero de 2007;

Resultando: I) que por el mismo se aprobó el proyecto de formulación de la
estructura organizativa del Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social";

II) que en los Capítulos IV (Dirección General de Secretaría) y X
(Instituto Nacional de la Juventud) se han constatado algunos errores, así
como ciertas inconsistencias respecto a las previsiones sobre puestos de
trabajo contenidas en las normas legales y reglamentarias aprobadas
posteriormente;

Considerando: que a los efectos de corregir tales errores e
inconsistencias resulta conveniente y necesario modificar el citado
Decreto;

Atento: A lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                    ACTUANDO EN CONSEJO DE MINISTROS,

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modifícase parcialmente, a partir de la fecha de su vigencia, el Decreto
del Poder Ejecutivo Nº 286/006 de 22 de agosto de 2006, por el que se
aprueba el proyecto de formulación de la estructura organizativa del
Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social", y su modificativo Nº 52/007,
de 5 de febrero de 2007, en lo que refiere al Capítulo IV (Dirección
General de Secretaría), 3.- Estructura Organizativa.- 3.1 Organización y
al Capítulo X (Instituto Nacional de la Juventud), 3.1.- Organización,
sustituyéndose su redacción actual por la siguiente:
Capítulo IV: Dirección General de Secretaría:
3.  Estructura Organizativa
3.1 Organización
La Dirección General de Secretaría se integrará con una asesoría (de
Cooperación Internacional) y seis Divisiones (Jurídico-Notarial, de
Recursos Humanos, de Informática, de Logística, de Planificación
Presupuestal y Financiera y de Relacionamiento con la población)
a) De la División Recursos Humanos dependerán dos Departamentos (de
Liquidación de Sueldos y de Administración de Desarrollo Humano).
b) De la División Planificación Presupuestal y Financiera dependerán dos
Departamentos (Compras y Financiero-Contable).
c) Del Departamento Financiero-Contable dependerá la Sección Tesorería.
d) De la División Logística dependerán cuatro Departamentos (de
Proveeduría, de Locomoción y Transporte, de Servicios Generales, y de
Mantenimiento).
Capítulo X: Instituto Nacional de la Juventud
3. Estructura Organizativa
3.1 Organización
El Instituto Nacional de la Juventud tendrá dos Divisiones (Desarrollo y
Participación Social y Evolución y Diseño de Programas), sustituyéndose
las restantes, por dos Departamentos (de Descentralización o de
Coordinación de Políticas de Juventud a nivel local y Centro de
Información a la Juventud).

Artículo 2

 Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese etc.

TABARE VAZQUEZ - JORGE BRUNI - GONZALO FERNANDEZ - ALVARO GARCIA - JOSE
BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - MARIA JULIA MUÑOZ -
ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI
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