INVERSIONES PUBLICAS - VIVIENDAS




Promulgación: 28/05/1991
Publicación: 16/07/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
     Visto: que el Tribunal de Cuentas de la República observó el gasto
autorizado para la ejecución del Programa: Vivienda Social, por falta de
crédito habilitante.

     Considerando: que la urgencia de atender las necesidades de solución
habitacional estable y decorosa de la población, hace imposible posponer
la ejecución del mencionado Programa hasta la aprobación de la próxima
Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal.

     Atento: a lo dispuesto por el literal B del artículo 211 de la
Constitución de la República.

     El Presidente de la República.

                               Decreta:

Artículo 1

   Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a librar Orden de
Entrega en carácter de Anticipo de Tesorería por la suma de U$S 6:498.000
(seis millones cuatrocientos noventa y ocho mil dólares americanos) a
favor del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente, la cual se financiará en la próxima Rendición de Cuentas y
Balance de Ejecución Presupuestal, y por ende insistese en el gasto. 

Artículo 2

   Comuníquese, dése cuenta al Tribunal de Cuentas de la República.- 

LACALLE HERRERA - RAUL LAGO - ENRIQUE BRAGA SILVA
Ayuda