COMERCIO. ARTICULOS DE PRIMERA NECESIDAD




Promulgación: 06/05/1968
Publicación: 09/05/1968

Resumen:

Establécense normas para la comercialización de artículos declarados de primera necesidad, enumerados en las Listas "A" y "B" anexas al Decreto Nº 840/967, con excepción de los comprendidos en el Decreto Nº 210/968 que se mantiene en vigencia.

Artículo 21


		
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