{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "287" 
  ,"anioNorma" : 2001 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DE CREDITOS PRESUPUESTALES. DIRECCION GENERAL DE SECRETARIA DE ESTADO - DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2001/07/31/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/07/2001" 
  ,"fechaPublicacion" : "31/07/2001" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2001 
  ,"pagina" : 213 
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  ,"vistos" : " VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Defensa Nacional \r\nsolicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se \r\ncomprobaron en el planillado anexo a la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero \r\nde 2001.-\r\n\r\nRESULTANDO: I) que se constató en la Unidad Ejecutora 001 \"Dirección \r\nGeneral de Secretaría de Estado\", que erróneamente se había proyectado y \r\nregistrado para los Ejercicios 2001 a 2004, en el Objeto 749.002, la suma \r\nde $ 20:341.000,oo (pesos uruguayos veinte millones trescientos cuarenta \r\ny un mil), cifra que se había acordado como refuerzo durante el Ejercicio \r\n2000 para Misiones en el Exterior.-\r\n\r\nII) que en la Unidad Ejecutora 032 \"Dirección General de Infraestructura \r\nAeronáutica\", en la Financiación 1.2 \"Recursos con Afectación Especial\", \r\nse incluyó un total de $ 18:231.807,oo (pesos uruguayos dieciocho \r\nmillones doscientos treinta y un mil ochocientos siete) en el Objeto \r\n913.001 \"Versión a Rentas Generales de Economías de Excedentarios\", que \r\ndebió figurar en el Objeto 299.000 \"Otros Servicios No Personales\".-\r\n\r\nIII) que el artículo 39º de la Ley Nº 17.296, establece que constituye \r\nFondos de Terceros la contribución mensual que aporta preceptivamente \r\ncada beneficiario a la Dirección Nacional de Sanidad Policial de las \r\nFuerzas Armadas, disponiendo un abatimiento de un 84% en los créditos de \r\nfuncionamiento e inversiones con cargo a rentas con afectación \r\nespecial.-\r\n\r\nIV) que al confeccionar el planillado anexo a la Ley, se abatió un \r\nporcentaje mayor en los créditos de funcionamiento y a su vez omitió \r\nabatirse el crédito de inversiones.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que es necesario efectuar las correcciones de los \r\nreferidos errores y omisiones.-\r\n\r\nATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la \r\nContaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la \r\nLey Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/287-2001/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Modifícase, en el Inciso 03 \"Ministerio de Defensa Nacional\", Unidad \r\nEjecutora 01 \"Dirección General de Secretaría de Estado\", Financiación \r\n1.1 \"Rentas Generales\", la cifra registrada en el Objeto 749.002, para \r\nlos años 2001 a 2004, dando de baja un importe de $ 20:341.000,oo (pesos \r\nuruguayos veinte millones trescientos cuarenta y un mil).-\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/287-2001/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Autorízase, en el Inciso 03 \"Ministerio de Defensa Nacional\", en la \r\nUnidad Ejecutora 032 \"Dirección General de Infraestructura Aeronáutica\", \r\nen la Financiación 1.2 \"Recursos con Afectación Especial\", la apertura \r\ndel Objeto del Gasto 299 \"Otros Servicios No Personales\" por un importe \r\nde $ 18:231.807,oo (pesos uruguayos dieciocho millones doscientos treinta \r\ny un mil ochocientos siete), para los años 2001 a 2004.-\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/287-2001/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Modifícase, en el Inciso 03 \"Ministerio de Defensa Nacional\", Unidad \r\nEjecutora 033 \"Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas\", los \r\ncréditos asignados a funcionamiento e inversión para los años 2001 a \r\n2004, a fin de ajustarlos al porcentaje dispuesto en el artículo 39º de \r\nla Ley Nº 17.296, según el siguiente detalle: \r\n\r\n                 2001 ($)       2002 ($)       2003 ($)       2004 ($)\r\nFUNCIONAM.\r\nObjeto 749     12:844.520     12:844.520     12:844.520     12:844.520\r\nObjeto 911     731.160           731.160        731.160        731.160\r\nINVERSIONES\r\nProy. 728     -23:388.960    -26:281.080    -28:050.120    -28:585.200\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/287-2001/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Dese cuenta a la Asamblea General.-\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/287-2001/5" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc..-\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - ALBERTO BENSION - LUIS BREZZO\r\n\r\n\r\n " 
 }