ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA. SUBSANACION DE ERRORES




Promulgación: 15/09/1999
Publicación: 23/09/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 661
Referencias a toda la norma
VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 190/997 de 4 de junio de 1997,
que aprueba el proyecto de reformulación de la estructura organizativa
del Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y Minería", de acuerdo a
lo dispuesto en los artículos 707 y siguientes de la Ley Nº 16.736 de 5
de enero de 1996 y su Decreto reglamentario Nº 186/996 de 16 de mayo de
1996;

RESULTANDO: I) que en estos proyectos se deslizaron errores y omisiones
involuntarios, especialmente en lo referente a cargos y funciones
contratadas incluidas en las nóminas de puestos de trabajo
correspondientes a declaraciones de excedencia y retiros incentivados;

CONSIDERANDO: I) que corresponde subsanar los errores padecidos;

II) lo informado por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado;

ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Sustitúyese en el Decreto mencionado en el Visto, en la reformulación de
la estructura organizativa del Inciso 08 "Ministerio de Industria,
Energía y Minería", lo siguiente:
En el Capítulo III "Estructura Organizativa", bajo el título "Asesorías
dependientes del Ministro", "Organismo Técnico de Contralor (OTC)".

Donde dice:
"La OTC está integrada por cuatro miembros: tres técnicos y un
secretario."
Debe decir:
"La OTC está integrada por cuatro miembros: tres técnicos y un secretario
técnico".

SANGUINETTI - JULIO HERRERA - LUIS MOSCA
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