{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "286" 
  ,"anioNorma" : 1986 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE TARIFAS DE LA ANP. MAYO 1986 - SERVICIOS MARITIMOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1986/07/17/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/05/1986" 
  ,"fechaPublicacion" : "17/07/1986" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1986 
  ,"pagina" : 1148 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: la gestión promovida por la Administración Nacional de Puertos,\r\nsolicitando la homologación por parte del Poder Ejecutivo de la extensión\r\nde la rebaja del 20% en tarifas por servicios marítimos resuelta en\r\nSesión 2.418 del 19 de febrero de 1986.\r\n\r\n   Resultando: I) Que el citado Organismo informa que en la Sesión\r\nmencionada, resolvió extender a partir de esa fecha el beneficio otorgado\r\npor el decreto 67/983 de 3 de marzo de 1983, Capítulo I, Numeral 1.7 a\r\nlos buques de bandera nacional y, en consecuencia, rebajará el 20% de los\r\nprecios de las tarifas por servicios marítimos a los buques de bandera\r\nargentina que presten servicios regulares de transporte y cargas y/o\r\npasajeros entre ambos países, incluyendo los que, por prolongación de sus\r\nlíneas, sirven de tráficos entre países sudamericanos exclusivamente;\r\n\r\nII) Que al expedirse al respecto la Oficina de Planeamiento y\r\nPresupuesto, expresa que en la medida que el planteamiento formulado se\r\nenmarca en el régimen legal vigente, sugiere no formular observaciones a\r\nlo actuado.\r\n\r\n   Considerando: conveniente proceder de acuerdo a lo solicitado.\r\n   Atento: a lo preceptuado por el artículo 20 del Decreto Ley 14.370 de\r\n8 de mayo de 1975 por el cual se aprobó el Convenio sobre Transporte por\r\nAgua, con la República Argentina,\r\n\r\n                     El Presidente de la República\r\n\r\n                            DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/286-1986/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Homológase la resolución del Directorio de la Administración Nacional\r\nde Puertos, de fecha 19 de febrero de 1986 (Sesión) 2.418) -por la cual se\r\nextendió a partir de la fecha, el beneficio otorgado por el decreto 67/983\r\ndel 3 de marzo de 1983- Capítulo I, Numeral 1.7 rebajando el 20% (veinte\r\npor ciento) de las tarifas por servicios marítimos que gozan los buques de\r\nbandera nacional, a los buques de bandera argentina que presten servicio\r\nregular de transporte de cargas y/o pasajeros entre ambos países.\r\nIncluyendo los que, por prolongación de sus líneas, sirven los tráficos\r\nentre países sudamericanos, exclusivamente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/286-1986/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y vuelva al citado Organismo a sus efectos.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - JORGE SANGUINETTI - LUIS MOSCA\r\n " 
 }