APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANTEL. EJERCICIO 1982




Promulgación: 17/08/1982
Publicación: 24/08/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 22

    La Administración Nacional de Telecomunicaciones dispondrá la distribución de las partidas correspondientes a los Rubros 0, 6 y 7 establecidas en el artículo 1º por Renglones de acuerdo con su apertura programática, y comunicará la misma a la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión en un plazo de 30 días a partir de la publicación
de este Decreto.
 
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