Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 11
Asignaciones Familiares. Ascenderán a:
- N$ 100 para niños en edad pre-escolar
- N$ 120 para alumnos de enseñanza primaria, secundaria y Universidad
del Trabajo.
- Por cada hijo incapacitado totalmente para el trabajo o estudio, o con
diagnóstico de retardo mental, cualesquiera sea su edad, doble valor de
la asignación minima.
Lo establecido precedentemente exige a la presentación de constancias
de asistencia a centros docentes y/o los certificos médicos correspondientes.