El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
A) CLASE DE ADMINISTRACION
Artículo 32
Escala 2 - El personal de la DÉCIMA categoría (Contador de Billetes), percibirá su remuneración mensual con ajuste a los Grados que se indican de la Escala Patrón Única:
La presente escala se aplicará en concordancia con el régimen de corrimiento por antigüedad establecido en el Convenio Laboral, de 26 de diciembre de 2012 y reglamentada en los artículos 55 a 59 inclusive del presente Decreto.
La remuneración del cargo comprendido en esta escala se regulará computando la antigüedad total en la categoría.
No se aplicará para situaciones creadas con posterioridad a la fecha de aprobación del presupuesto 2020.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 284/025 de
10/12/2025.